Fortalecen protección para mujeres

Para fortalecer el marco jurídico y proteger a las mujeres de cualquier tipo de violencia, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad modificaciones a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y al Código Nacional de Procedimientos Penales.

El dictamen que reforma los artículos 17, 28 y 31 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y, 139 y 154 del Código Nacional de Procedimientos Penales, fue avalado por 405 votos a favor, y se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

Al presentar el dictamen, la diputada priista, Laura Nereida Plascencia Pacheco, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, explicó que este dictamen contiene cuatro iniciativas, las cuales tienden a reformar la mencionada ley y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Informó que se faculta al Ministerio Público para que, de manera oficiosa, pueda emitir las órdenes de protección y de emergencia para proteger la vida de las mujeres, sin requerir autorización judicial alguna, y sin que esto prive de la posibilidad de poder, en su momento, establecer alguna medida de protección o providencia en el Código Nacional de Procedimiento Penales.

También se fortalece la información del Banco Nacional de Datos, con lo que se contará con información oportuna, de acuerdo con los tipos de las órdenes de protección, el seguimiento e incumplimiento de las mismas.

Resaltó que se modificó la temporalidad de las órdenes de protección y pasan de tener una vigencia de 72 horas hasta que las víctimas dejen de estar en riesgo, y se establece que las mismas deberán expedirse de manera inmediata y como máximo en un transcurso de seis horas.

“Lo principal de esta reforma es precisamente la temporalidad de las órdenes de protección que garantizará la vida de las mujeres”, afirmó.

Detalló que con relación a la reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales, se aumenta la vigencia de las diferentes medidas precautorias y se establece de 60 a 90 días, así como la posibilidad de prórroga de 30 días más.

También se puntualiza que el Ministerio Público actuará de manera inmediata sin necesidad de que la víctima u ofendido solicite alguna medida cautelar. La enmienda señala que en el código referido, cualquier delito cometido contra las mujeres, por razones de género, habrá de aplicarse de manera supletoria, los criterios que establece la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Plascencia Pacheco añadió que con este dictamen se da respuesta no solo a las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer que le hizo al Estado mexicano, sino también se garantiza la actuación de manera adecuada de las diferentes autoridades para asegurar que las féminas en México que sufren violencia, tengan la debida atención.