La Cámara de Diputados aprobó por 420 votos a favor el dictamen de la minuta para hacer obligatorio que las guarderías, públicas, privadas y mixtas, cuenten con equipos contra fuego portátiles y fijos.

También, permitir que los inmuebles que prestan el servicio de guardería protejan a las niñas y niños, así como al personal que labora en el mismo de forma efectiva e inmediata, en caso de algún siniestro.

Establecer de forma puntual que las medidas de seguridad implementadas en los centros sean las adecuadas, considerando varios factores de riesgo que se señalan en los reglamentos y normas oficiales especializadas en la materia.

El pleno aprobó por unanimidad el decreto por el que se reforma el artículo 42 de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil y se turnó al Ejecutivo federal su publicación en el Diario oficial de la Federación.

Para fundamentar el dictamen elaborado por la Comisión de Derechos de la Niñez, el diputado Jesús Salvador Valencia Guzmán sostuvo que es importante mencionar que a partir de 2009, la visión que se tiene acerca del cuidado y desarrollo infantil ha dado un giro.

Sobre todo, abundó, con la promulgación de la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil se plasman los principios básicos que deben regir.