La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados podría dictaminar, en septiembre próximo, la iniciativa presentada encaminada a sancionar con tres o cinco años de cárcel y hasta 300 días de multa, a quien promueva la “pornovenganza” en Internet.
El diputado Benjamín Medrano Quezada explicó que este término se aplica a la difusión ilegal de imágenes o grabaciones de carácter sexual de una persona en Internet o las redes sociales, tras el fracaso o culminación de una relación sentimental, a fin de exponerla y humillarla ante el público.
El legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI) mencionó que aunque no hay estadísticas sobre el número de víctimas afectadas por este fenómeno, se estima que la mayoría son mujeres.
En países como Estados Unidos, España y Brasil, refirió el también secretario de la Comisión de Derechos Humanos, están documentados sitios de Internet, administrados por hombres que publican fotos, imágenes y videos de mujeres realizando prácticas sexuales con sus ex parejas y “México no es la excepción”.
Medrano Quezada refirió que, de acuerdo con datos de la Policía Cibernética de la Ciudad de México, existen en el país unos tres mil sitios que se concentran en la divulgación de materiales sexuales sin consentimiento.
En el primer trimestre de 2016, indicó, las autoridades capitalinas registraron más de 300 denuncias, en las que la afectación de la imagen, el daño moral y el acoso fueron las agravantes.
Citó que en Estados Unidos, Kevin Christopher Boallert, administrador de un sitio de “pornovenganza”, publicó entre 2012 y 2013 más de 10 mil fotos íntimas de mujeres y llegó a cobrar entre 200 y 300 dólares por quitarlas de su página.
En México, añadió Medrano, el fenómeno se ha expandido de manera alarmante y no se sanciona porque no está tipificado como delito.
“Casos como #LadyOxxo fue compartido masivamente en Internet hasta volverse viral y se conoció luego de la denuncia de la víctima ante autoridades de Campeche, que el material había sido difundido sin su consentimiento por su expareja”, refirió.
Las consecuencias de la pornovenganza son graves a nivel psicológico, y “otras afectaciones implícitas son la pérdida de confianza en una nueva relación, la pérdida de amistades y de trabajos, y el acoso cibernético, consistente en mensajes ofensivos o explícitamente sexuales en las redes sociales”, detalló.
El diputado federal propuso modificar la denominación del Capítulo I, del Título 15 en materia de Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual, así como adicionar los artículos 266 ter y 266 quater, del Código Penal, en materia de Delitos contra la Libertad y el Normal Desarrollo Psicosexual.