Personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) ya no tendrán que presentar declaración anual de impuestos, solo deben cumplir con sus declaraciones provisionales cada mes y todas sus obligaciones fiscales, según lo anunció el Servicio de Administración Tributaria (SAT), sin embargo, esto puede resultar no tan positivo para algunas personas.
René Cruz Montalvo, contador público certificado, comentó que, la modificación se trata de una facilidad insertada a este régimen, únicamente, reiteró, para las personas físicas, sin duda una preocupación menos para este sector, aunque obligatoriamente tendrán que estar al corriente de sus pagos provisionales mensuales.
“Puede resultar contraproducente considerando que uno de los sectores que tributan en el Resico es el agrícola, porque no todos tienen acceso a los medios tecnológicos, economía, orientación, acceso a la red bancaria o conocimiento, para cumplir sin ningún error cada mes”, consideró Cruz Montalvo.
Acceso a tecnologías
“Esto es un reto de todas las reformas fiscales, otorgar facilidades a todos los contribuyentes”. Hablando de Chiapas habría que cuestionarse que porcentaje del territorio tiene cobertura de internet de buena calidad, para poder cumplir con su pago provisional cada mes, además que no en todos los municipios hay sucursales bancarias.
No hay que olvidar que las personas físicas que pueden tributar en el Resico son aquellas que tengan o perciban ingresos anuales hasta por un límite de 3.5 millones facturados conforme a la actividad que desarrollen, aquellos que rebasen estos ingresos de manera anual no pueden tributar en este régimen.
Por otra parte, algunas personas morales según sus actividades pueden estar en el régimen simplificado de confianza, para estas no se modifica la obligación, pero sí tienen que seguir presentando su declaración anual a más tardar el 31 de marzo próximo, como el resto.