El pleno de la Cámara de Diputados avaló una reforma a la fracción VI del Artículo 15 de la Ley Federal de Defensoría Pública, mediante la cual se amplían los factores de vulnerabilidad para garantizar la justicia y un servicio de calidad a las personas en esta situación.
En el documento, aprobado por unanimidad con 410 votos, se remitió al Senado de la República para su ratificación.
Este cambio legislativo ratifica la definición de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “en torno a los grupos vulnerables, permitiendo la condición de que éstos tengan la necesidad del servicio”, indica el dictamen.
En dicha ley se consideran, para prestar asesoría jurídica, tres condiciones relativas a la vulnerabilidad: la discriminación por origen étnico, y por razones sociales y económicas, sin observar otros factores por las que una persona pueda estar en esa situación.
Al argumentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Justicia, Álvaro Ibarra Hinojosa, precisó que con la reforma se incluyen los factores que indica el artículo 1 de la Constitución: género, edad, discapacidad; condición social o de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
Expuso que también la Ley General de Desarrollo Social define a grupos sociales en situación de vulnerabilidad, aquellos núcleos de población y personas que enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impida alcanzar mejores niveles de vida y requieren de la atención del gobierno para lograr su bienestar.
Al posicionar el dictamen, la panista Eloisa Chavarrias Barajas dijo que presentó la reforma con Cecilia Romero, su compañera de bancada, a fin de que la asesoría jurídica del Instituto Federal de Defensoría Púbica se otorguen preferentemente a personas en situación de riesgo o discriminación.
A su vez, la diputada Lía Limón García, del Partido Verde, enfatizó que para su grupo parlamentario es primordial otorgar los medios necesarios para defender a los grupos vulnerables y acercarles la justicia.
En tanto, el perredista Arturo Santana Alfaro recordó que en la Constitución se establece como un derecho el acceso a una defensa penal, de ahí la importancia de la defensoría pública y la asesoría jurídica que requiere la poblacivón.
Aprueban reforma para prevenir riesgos
En otro, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a la Ley General de Salud, para que las autoridades federales del ramo implementen mecanismos que prevengan riesgos asociados con interferencias electromagnéticas que pudieran afectar a los equipos médicos y pacientes dentro de los hospitales.
En el dictamen, que fue remitido al Senado de la República y se establece que estos mecanismos deberán incluir, de manera enunciativa más no limitativa, la regulación del uso de telefonía móvil en determinadas áreas.
En la reforma se establece en un artículo segundo transitorio que la Secretaría de Salud, y demás dependencias involucradas, contarán con 90 días a partir de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de la Federación, para implementar las medidas necesarias a fin de cumplir con esta disposición.
El documento adiciona un Artículo 125 Bis a la Ley General de Salud y surge de una iniciativa que presentaron el 16 de marzo de 2016 los diputados César Camacho Quiroz, Miguel Ángel Sulub Caamal, Jorge Carlos Ramírez Marín y Manuel Vallejo Barragán, todos del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Al argumentar el dictamen, la diputada priista María Verónica Muñoz Parra, secretaria de la Comisión de Salud, detalló que para lo anterior se adiciona el artículo 125 bis a la Ley General de Salud, en materia de uso de celulares en hospitales.
Explicó que la Organización Mundial de la Salud (OMS) creó en 1996 el proyecto internacional para evaluar las pruebas científicas de los posibles efectos sobre la salud, de los campos electromagnéticos, porque dañan a la calidad de la atención sobre todo a los pacientes.
Por ello, informó que hay restricciones en el uso de teléfonos celulares para evitar la interferencia a los campos electromagnéticos, y se propone que estos campos de radiofrecuencia emitidos por los teléfonos móviles suele ser más de mil veces superior a los de los campos emitidos por las estaciones base.