La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la protección de la vida desde el momento de la concepción.
Durante la sesión del Pleno, ocho ministros coincidieron en que las leyes estatales que protegen el derecho a la vida desde la concepción atentan contra los derechos reproductivos de las mujeres.
“No corresponde a ninguna legislatura local ni a este pleno fijar el origen de la vida humana, en especial ante la ausencia de consenso científico.
“Es claro que el embrión y el feto deben de ser reconocidos como bienes constitucionalmente relevantes y deben protegerse de acuerdo con esa dignidad y carácter; sin embargo, su protección no puede competir plena e incondicionalmente con la de las personas nacidas”, afirmó el ministro ponente, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
Los ministros Alberto Pérez Dayán y Yasmín Esquivel Mossa sostuvieron que los congresos estatales ni siquiera tienen competencia para legislar sobre derechos humanos.
El debate se realizó al analizar la Constitución de Sinaloa, que establecía la protección de la vida desde el momento de la concepción, razón por la cual los ministros señalaron que se debía declarar inválida esta cláusula.
“Le está vedado a los congresos estatales establecer una diferente concepción de ese derecho, como por ejemplo a partir de cuándo se protege la vida”, indicó Esquivel Mossa.